La Municipalidad de Puerto Iguazú recuerda la obligación de circular con patentes legibles y sin adulteraciones

El Municipio recordó que, según la Ley 24.449 y la Ordenanza 42/08, todos los vehículos deben llevar patentes legibles y sin adulteraciones; su incumplimiento acarrea multas en Iguazú.


La Municipalidad de Puerto Iguazú informó que, conforme a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, todos los vehículos que circulan en Argentina —autos, motos y demás rodados— deben portar placas de identificación del dominio (chapas patentes) normalizadas, legibles y sin modificaciones.

La normativa exige la colocación de las placas en la parte delantera y trasera, según corresponda al tipo de vehículo. Circular con patentes adulteradas, dañadas o ilegibles constituye una infracción a la ley nacional.

Además, desde el Ejecutivo local recordaron que estas conductas están alcanzadas por la Ordenanza Municipal N° 42/08, que prevé la aplicación de multas en el ámbito de Puerto Iguazú.

Las autoridades municipales recomiendan verificar el correcto estado y fijación de las chapas, mantenerlas limpias y gestionar su reemplazo en caso de deterioro. Cumplir con estos requisitos contribuye a la seguridad vial y al respeto de las normas de tránsito.